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Régimen Simplificado de Ganancias: qué cambia con la reforma de agosto
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Régimen Simplificado de Ganancias: qué cambia con la reforma de agosto

El Poder Ejecutivo giró a Diputados el 23 de julio de 2026 un proyecto de reforma del Régimen Simplificado de Ganancias que busca ampliar significativamente el universo de contribuyentes…

El Poder Ejecutivo giró a Diputados el 23 de julio de 2026 un proyecto de reforma del Régimen Simplificado de Ganancias que busca ampliar significativamente el universo de contribuyentes alcanzados y redefinir los criterios de fiscalización de ARCA. Tras su primera reunión informativa en las comisiones de Presupuesto, Hacienda y Legislación Penal la semana pasada, el oficialismo apunta a llevarlo al recinto el 19 de agosto, aunque persisten ajustes legislativos y reclamos de la oposición para excluir a funcionarios públicos del beneficio.

¿Quiénes podrán acceder al régimen ampliado?

El cambio más relevante es que la reforma elimina cualquier límite de patrimonio o ingresos para adherir al régimen simplificado. Actualmente pueden optar todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que cumplan requisitos específicos; con esta modificación, ese techo desaparece completamente, abriendo el acceso a contribuyentes de mayor escala.

Además, se incorporan a los Grandes Contribuyentes Nacionales, aunque con alcance limitado: podrán usar la modalidad simplificada únicamente para presentar la declaración jurada y pagar en término, sin acceder a las presunciones ni a los demás beneficios liberatorios que caracteriza el régimen. La subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini, explicó en la reunión informativa que la intención oficial es "ampliar el universo de contribuyentes" sin tocar normas de tipo penal.

Redefinición de la discrepancia significativa: el núcleo técnico

El cambio con mayor impacto para contadores y profesionales es la redefinición de "discrepancia significativa", el concepto que habilita a ARCA a impugnar la declaración jurada simplificada y hacer caer la presunción de exactitud sobre Ganancias e IVA. El proyecto fija tres supuestos concretos:

  • Configura discrepancia un incremento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos no inferior al 15% de lo declarado.
  • Configura discrepancia una diferencia que supere el monto fijado en el artículo 1° del Régimen Penal Tributario para la evasión simple.
  • Configura, sin importar el porcentaje, la detección de facturas apócrifas o el cómputo improcedente de ingresos directos, incluidas retenciones, percepciones, pagos a cuenta y anticipos.

Se suma un piso de protección crucial: si la diferencia detectada no llega al 5% del monto penal tributario, no hay discrepancia significativa aunque se supere el 15% declarado. Esta norma busca evitar que ajustes menores activen fiscalizaciones completas sobre contribuyentes de buena fe. Los contadores deben revisar el historial de ajustes de cada cliente adherido contra estos dos umbrales para anticipar exposiciones.

Carga de la prueba y mecanismos de corrección

El proyecto traslada a ARCA la obligación de demostrar la discrepancia. El organismo solo podrá fundamentarla con información declarada por el contribuyente, datos de sus propios sistemas o información de terceros; cualquier otro elemento queda sin valor probatorio. Se excluyen además las presunciones de los incisos f) y g) del artículo 18 de la Ley 11.683.

Se incorpora una herramienta de corrección: si el contribuyente presenta una declaración rectificativa dentro de 15 días hábiles de notificada la liquidación o determinación de oficio, y cancela el saldo con intereses, esa diferencia no cuenta para configurar discrepancia. En materia de IVA, el proyecto precisa que los períodos no prescriptos alcanzados por el beneficio son los que van hasta diciembre inclusive del período fiscal de Ganancias en que se ejerció la opción.

Reintegros y seguridad jurídica para contribuyentes

Si una impugnación de ARCA termina revocada en sede administrativa o judicial, el proyecto obliga al organismo a restablecer la presunción de exactitud y reintegrar lo pagado, con intereses de repetición, en un plazo máximo de 45 días hábiles. También protege los procedimientos ya notificados antes de la adhesión y exime de multas a quienes hayan regularizado ajustes antes de sumarse al régimen, salvo que esas multas estén firmes.

Próximos pasos para contadores y empresas

Mientras el proyecto avanza legislativamente, los especialistas recomiendan operar con las reglas vigentes de la Ley 27.799 para la presentación de la declaración jurada del período fiscal 2025, con vencimiento el 27 de agosto de 2026. En paralelo, conviene armar el legajo probatorio de cada contribuyente adherido, ordenando documentación que respalde lo declarado ante un eventual pedido de ARCA bajo las nuevas reglas de carga de la prueba.

También es oportuno revisar con qué clientes conviene evaluar la adhesión al régimen ampliado una vez sancionada la norma, en particular quienes hoy quedan afuera por los topes que la reforma eliminaría. El Banco Central, la CNV y la UIF deberán definir cómo se instrumenta la canalización de fondos por medios formales y cómo se traduce la adhesión como antecedente favorable ante los sujetos obligados.

Impacto para administradores y dueños de empresas argentinas

Para los administradores y dueños de empresas, esta reforma representa una oportunidad de simplificación fiscal con mayor seguridad jurídica. La ampliación del régimen sin techo de ingresos beneficia a pymes y empresas medianas que hoy quedan excluidas por superar los límites actuales, reduciendo costos de cumplimiento tributario. La redefinición de discrepancia significativa y la traslación de carga de la prueba a ARCA ofrecen mayor protección contra fiscalizaciones arbitrarias, siempre que la documentación esté en orden. Los plazos de reintegro de 45 días hábiles dan certidumbre financiera ante impugnaciones revocadas. Sin embargo, es crítico que cada empresa revise su historial de ajustes y prepare su legajo probatorio mientras la norma se debate, para estar lista ante cualquier escenario post-sanción.

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