El fallo "García" de 2019 se convirtió en el antecedente judicial más citado por jubilados y pensionados que cuestionan las retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes previsionales. La sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación abrió un camino legal para reclamos individuales en toda la Argentina, permitiendo que decenas de miles de beneficiarios del sistema previsional presenten demandas ante la Justicia Federal para recuperar lo pagado de más.
¿Qué fue el fallo "García" y por qué es determinante?
En marzo de 2019, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió el caso de María Isabel García, una jubilada de Entre Ríos que había presentado un reclamo cuestionando las retenciones sobre su haber previsional. En ese momento, García tenía 79 años y acreditó problemas de salud en el expediente. El tribunal declaró la inconstitucionalidad de la aplicación del tributo en su situación particular.
Según explica Mariela Dobias, especialista del estudio jurídico Dobias & Pisani, a García "le retenían entre el 29 y el 32 por ciento de su haber". La Corte Suprema entendió que ese descuento era inconstitucional porque "la jubilación no es una ganancia en el sentido que le da la ley, sino el resultado de aportes hechos durante toda una vida de trabajo", y ordenó devolverle lo cobrado de más.
¿Cómo se aplica el fallo a otros jubilados?
Es importante aclarar que la sentencia no cambió automáticamente el régimen del Impuesto a las Ganancias ni produjo efectos para todos los jubilados y pensionados. Al tratarse de una resolución dictada en un caso concreto, quienes consideran que se encuentran en una situación similar deben impulsar un reclamo judicial individual ante la Justicia Federal para que su caso sea evaluado.
"Ese fallo se convirtió en la base sobre la que se apoyaron después cientos de reclamos individuales en todo el país", señala Dobias. Los juicios se tramitan en la Justicia Federal, lo que permitió que el fenómeno se extendiera más allá de Buenos Aires: hay sentencias favorables en distintos puntos del territorio nacional, y cada jubilado puede iniciar su demanda en el juzgado federal correspondiente a su domicilio.
¿A cuántos jubilados alcanza el Impuesto a las Ganancias?
El antecedente fijado por la Corte Suprema es especialmente relevante para una porción específica de jubilados y pensionados. Según Dobias, "con la actualización de agosto, el piso a partir del cual un jubilado o pensionado queda alcanzado por el impuesto ronda los $3.358.207,00 mensuales, equivalentes a ocho haberes mínimos". Quedan exentos, en general, quienes cobran por debajo de ese monto y no poseen otros ingresos relevantes fuera del sistema previsional.
La especialista estima que aproximadamente 180 mil personas en todo el país continúan pagando este tributo sobre sus jubilaciones. Se trata, principalmente, de jubilados y retirados de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad, Poder Judicial, Servicio Exterior de la Nación y Docencia, es decir, beneficiarios de cajas o regímenes especiales donde los aportes durante la vida activa fueron más elevados.
Quiénes tienen el reclamo más sólido según la jurisprudencia
"Son colectivos con una larga carrera de aportes a cuestas, muchas veces con décadas de servicio, y que hoy siguen tributando sobre un ingreso que ya no es salario sino jubilación", reconoce Dobias. Aunque este grupo no representa a la mayoría de los jubilados del país, sí constituye un colectivo numeroso con un reclamo especialmente fundamentado, porque su situación es exactamente la que la Corte Suprema tuvo en consideración al establecer el criterio del fallo "García".
Impacto para administradores de empresas y empresarios con jubilados
Para los dueños y administradores de empresas argentinas, este fallo tiene relevancia indirecta pero significativa. Si bien el Impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones afecta directamente a los beneficiarios del sistema previsional, el fenómeno de reclamos judiciales genera incertidumbre tributaria y potenciales devoluciones de impuestos que impactan en la recaudación fiscal y, en consecuencia, en la política tributaria general.
Además, muchos empresarios y administradores de empresas son jubilados o pensionados que continúan realizando actividades económicas o perciben haberes previsionales. Para estos casos, el fallo "García" representa una oportunidad concreta de recuperar retenciones indebidas si su situación coincide con los criterios establecidos por la Corte Suprema en 2019. La recomendación es consultar con un especialista tributario o abogado para evaluar si el reclamo es procedente en cada situación particular.







