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FAL 2026: cómo declarar e ingresar la contribución mensual
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FAL 2026: cómo declarar e ingresar la contribución mensual

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) , creado por la Ley de Modernización Laboral, comenzará a operar el 1° de noviembre de 2026 . La ARCA reglamentó mediante la Resolución General 5907/2026 el…

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado por la Ley de Modernización Laboral, comenzará a operar el 1° de noviembre de 2026. La ARCA reglamentó mediante la Resolución General 5907/2026 el procedimiento que deberán seguir las empresas para declarar e ingresar la contribución mensual destinada a financiar indemnizaciones laborales.

¿Qué es el FAL y cómo funciona?

El Fondo de Asistencia Laboral es un mecanismo de financiamiento que no reemplaza ni elimina la obligación del empleador de pagar indemnizaciones. Funciona mediante cuentas individuales del empleador donde se acumulan recursos canalizados a través de vehículos de inversión colectiva autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. Los fondos tienen afectación específica para afrontar obligaciones e indemnizaciones cuando termina una relación laboral registrada.

¿Cuál es la alícuota de contribución al FAL?

La contribución será mensual, calculada sobre la misma base de remuneraciones utilizada para las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Las alícuotas son:

  • 2,5% para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con certificado MiPyME vigente y determinadas entidades sin fines de lucro.
  • 1% para el resto de empleadores privados alcanzados por el régimen.

Los empleadores del sector público están excluidos del FAL. Un aspecto clave es que el FAL no representa un costo adicional a las contribuciones patronales existentes. La normativa establece una reducción equivalente en contribuciones destinadas a subsistemas de seguridad social, lo que significa que para la mayoría de los casos se trata de una reasignación de aportes que ya ingresa el empleador.

La detracción se realiza sobre contribuciones patronales correspondientes al SIPA, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), el Fondo Nacional de Empleo y el régimen de Asignaciones Familiares.

Procedimiento de declaración e ingreso del FAL

El proceso se integra al sistema habitual de cargas sociales. Antes de presentar la declaración jurada de noviembre de 2026, los empleadores deberán acceder a "Simplificación Registral" para declarar si pertenecen al sector privado o público. Posteriormente, informarán el ID FAL, identificador asociado a la cuenta individual.

Para obtener este identificador, las empresas deben validar en el sistema los datos de la entidad habilitada, el vehículo de inversión colectiva y la CBU correspondiente. Si una empresa no informa un ID FAL válido, ARCA comunicará la situación a la CNV para que realice una asignación de oficio. Mientras tanto, los importes del FAL quedarán sin imputación específica hasta regularizar la situación.

La determinación del importe es automática. El sistema "Declaración en línea" aplicará la alícuota correspondiente sobre la remuneración de cada trabajador y mostrará el monto del FAL dentro del resultado de la declaración jurada. El pago se incorporará al F.931, junto con el resto de obligaciones de seguridad social, en la misma fecha de vencimiento mediante transferencia electrónica de fondos.

Qué deben hacer las empresas antes de noviembre de 2026

Los empleadores deben cumplir varios pasos previos a la primera declaración. En primer lugar, verificar su caracterización frente a ARCA y, en caso de ser MiPyME, asegurar que el certificado esté vigente. Luego, abrir la cuenta individual en una entidad habilitada y obtener el ID FAL para informarlo en "Simplificación Registral". Finalmente, adaptar sistemas de liquidación para que la contribución conste correctamente en el F.931.

El incumplimiento genera consecuencias. La falta de presentación de la declaración jurada o el ingreso fuera de término pueden resultar en intereses resarcitorios y multas conforme a normas tributarias y de seguridad social. Además, si regímenes de reducción de contribuciones patronales hacen que la aportación al FAL supere las contribuciones patronales detraíbles, el excedente no se traslada a períodos posteriores.

Impacto del FAL para empresas y administradores de negocios

Para los dueños y administradores de empresas argentinas, el FAL representa un cambio operativo significativo en la gestión de recursos laborales. Aunque técnicamente no incrementa la carga contributiva total, requiere reorganización de sistemas de liquidación y apertura de cuentas de inversión antes de noviembre de 2026. Las MiPyMEs con certificado vigente acceden a una alícuota reducida (2,5% versus 1%), lo que beneficia a pequeños y medianos negocios.

La implementación del FAL desde los haberes devengados en noviembre de 2026 implica que los administradores deben validar caracterizaciones en ARCA, coordinar con entidades habilitadas para inversión colectiva y comunicar el ID FAL en Simplificación Registral. Aunque el fondo no modifica el régimen indemnizatorio ni libera al empleador de sus obligaciones, sí proporciona un mecanismo de financiamiento supervisado por la CNV que permite acumular recursos de manera ordenada para afrontar indemnizaciones cuando finaliza una relación laboral registrada con antigüedad mínima de 12 meses.

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