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Plan de pagos ARCA: refinancia deudas en 18 cuotas
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Plan de pagos ARCA: refinancia deudas en 18 cuotas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó un régimen de facilidades de pago para que MiPyMEs, pequeños contribuyentes y organizaciones sin fines de lucro regularicen…

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó un régimen de facilidades de pago para que MiPyMEs, pequeños contribuyentes y organizaciones sin fines de lucro regularicen obligaciones vencidas. El mecanismo, vigente desde la Resolución General 5875/2026, permite financiar deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social en cuotas mensuales con tasas accesibles, adaptadas al tamaño de cada contribuyente.

¿Quiénes pueden acceder al plan de refinanciación de ARCA?

El régimen alcanza a microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas (tramos 1 y 2), pequeños contribuyentes registrados en ARCA y entidades sin fines de lucro como asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios, cooperadoras escolares e iglesias.

Un requisito clave para las MiPyMEs es contar con el Certificado MiPyME vigente y estar caracterizadas en el organismo. Sin ese documento actualizado, no es posible acceder al beneficio. Las organizaciones sin fines de lucro deben estar registradas ante ARCA.

Condiciones de financiación según el tipo de empresa

Las opciones varían según el perfil del contribuyente. Para microempresas, pequeñas empresas y monotributistas, las obligaciones generales se financian en hasta 18 cuotas, mientras que retenciones y percepciones se limitan a 9 cuotas. El pago inicial es del 5% de la deuda consolidada, con cuotas mínimas de $50.000,00. La tasa de financiación asciende al 2,75% mensual.

Las medianas empresas acceden a hasta 15 cuotas para obligaciones generales y 7 cuotas para retenciones y percepciones. El anticipo requerido es del 10% de la deuda consolidada, manteniendo la misma tasa mensual del 2,75%. Todas las cuotas son mensuales, iguales y consecutivas.

Qué deudas se pueden incluir en el plan

El régimen abarca obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026. Se incluyen impuestos nacionales, recursos de seguridad social, obligaciones aduaneras, multas, intereses resarcitorios y punitorios, retenciones y percepciones, y tributos vinculados a importación y exportación.

Quedan excluidas las retenciones y percepciones previsionales (salvo aportes personales de trabajadores en relación de dependencia), anticipos y pagos a cuenta, IVA sobre servicios digitales desde el exterior, aportes a obras sociales, cuotas de otros planes vigentes y obligaciones con Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.

Cómo adherirse y plazos para solicitar el plan

La adhesión es completamente digital a través del servicio "Mis Facilidades" en el sitio de ARCA. Los contribuyentes ingresan con CLAVE FISCAL y seleccionan la opción "Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 30/06/2026". Tras abonar el pago a cuenta, el sistema consolida la deuda y genera automáticamente el plan de financiación.

Cada contribuyente puede presentar múltiples planes para regularizar diferentes obligaciones. El plazo para adherirse vence el 30 de octubre de 2026. Si el contribuyente incumple con dos cuotas (consecutivas o alternadas) y transcurren 60 días desde el vencimiento de la segunda, o no abona la última cuota en ese plazo, el plan caduca automáticamente y ARCA inicia acciones de cobro.

Exclusiones y restricciones del régimen

No pueden acceder personas condenadas por delitos tributarios, aduaneros o incumplimientos fiscales con sentencia firme, ni empresas cuyos directivos tengan esas condenas. También quedan afuera responsables solidarios de las obligaciones y ciertos garantes de deudas fiscales según la naturaleza de la garantía.

Impacto para empresas y administradores: por qué importa este plan

En el contexto actual, donde desde diciembre de 2023 cerraron 22.000 pymes en Argentina, este régimen de facilidades representa una oportunidad crítica para que pequeñas y medianas empresas regularicen sus obligaciones sin enfrentar embargos inmediatos. La posibilidad de financiar deudas en hasta 18 cuotas con tasas del 2,75% mensual es significativamente más accesible que los intereses de mora convencionales.

Para administradores de empresas, el plan ofrece flexibilidad en la gestión de flujo de caja: los pagos mensuales iguales permiten proyectar presupuestos con mayor certidumbre. Además, la opción de presentar múltiples planes separados facilita la priorización de deudas según la urgencia de cada obligación. Sin embargo, es crucial cumplir los vencimientos: la caducidad automática tras dos cuotas impagas puede resultar en acciones de cobro ejecutivas que compliquen aún más la situación financiera.

La medida complementa iniciativas legislativas como el proyecto de ley "Régimen Integral de Promoción de las PyMEs" presentado por el diputado Nicolás Massot, que busca reducir la presión fiscal con beneficios como deducciones en contribuciones patronales, eliminación del impuesto sobre débitos y créditos bancarios, y una alícuota de Ganancias del 20%. Ambas iniciativas reconocen que las pymes generan alrededor del 65% del empleo registrado y el 42% del PBI argentino, pero requieren alivio fiscal sostenido para recuperarse.

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