El Ministerio de Economía y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) evalúan implementar un nuevo régimen de facilidades de pago para que las empresas regularicen sus obligaciones fiscales y de seguridad social vencidas. La iniciativa, que replicaría características de planes anteriores, permitiría financiar deudas en hasta 48 cuotas mensuales e incluiría la posibilidad de reformular planes caducos.
¿Quiénes podrían acceder al nuevo plan de ARCA?
El régimen estaría disponible para personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud y otros contribuyentes. La iniciativa se evalúa también limitarla específicamente a las pymes, aunque la intención es replicar el esquema de la Resolución General 5711 que estuvo vigente hasta marzo de 2026.
Las obligaciones que se podrían regularizar incluyen deudas impositivas, obligaciones de seguridad social, monotributo, retenciones y percepciones, así como obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación. Sin embargo, es crítico destacar que la regularización no implicaría reducción de intereses ni liberación de sanciones.
Condiciones operativas del plan de facilidades de pago
El plan contemplaría características específicas para garantizar orden administrativo. Las cuotas serían mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000,00 por cuota. La consolidación de la deuda ocurriría en la fecha de adhesión al plan.
No habría limitaciones en la cantidad de planes que cada contribuyente pudiera presentar. El plan caducaría si se constata el incumplimiento de 2 cuotas seguidas o alternativas durante 60 días corridos. Además, el régimen permitiría reformular planes anteriores que hayan vencido, ofreciendo una segunda oportunidad a deudores que no hayan podido cumplir con obligaciones previas.
Obligaciones fiscales incluidas: alcance del régimen
El plan comprendería deudas de naturaleza diversa. Entre ellas figuran impuestos directos, obligaciones de seguridad social, contribuciones de monotributo, retenciones y percepciones que el contribuyente haya debido efectuar, así como infracciones aduaneras y sus intereses acumulados. La flexibilidad en la cobertura busca alcanzar a empresas con múltiples deudas pendientes de distintas jurisdicciones.
La deuda que podría regularizarse sería aquella vencida como máximo al 30 de junio de 2026, criterio que permite excluir las declaraciones juradas anuales del período corriente. Esta delimitación temporal facilita la administración del régimen sin interferir con obligaciones aún pendientes de presentación.
Marco normativo: cambios en sanciones impositivas por Inocencia Fiscal
Paralelo al análisis del nuevo plan de pagos, la Ley de Inocencia Fiscal en vigencia ha reformulado significativamente las multas impositivas. Las sanciones por infracciones formales para personas humanas ahora tienen un piso de $220.000,00, mientras que para personas jurídicas el máximo alcanza $440.000,00.
En infracciones más graves, como la falta de presentación de declaraciones juradas informativas, las multas oscilan entre $5.000.000,00 y $10.000.000,00. Para supuestos intermedios de mayor gravedad, se contemplan sanciones entre $11.000.000,00 y $22.000.000,00. En materia de multas materiales y sanciones a agentes de retención y percepción, el régimen establece un tope agravado de $35.000.000,00 y un límite máximo absoluto de $10.000.000.000,00 de sanciones acumuladas.
Protección de contribuyentes: presunción de exactitud en fiscalizaciones
Durante 2026, ARCA ha establecido criterios operativos de transición para inspecciones fiscales. Según la norma interna COMAR-2026-1-E-ARCA-SDGFIS emitida el 24 de junio de 2026, antes de iniciar verificaciones de períodos anteriores a 2025, la agencia debe determinar si el contribuyente está adherido al Régimen de Ganancias Simplificada.
Si un contribuyente presentó la declaración jurada simplificada (Formulario 2711) para el período fiscal 2025 antes del inicio formal de una fiscalización, las acciones de control sobre períodos 2024 y anteriores deben ser desestimadas. Este principio de presunción de exactitud protege al contribuyente que cumple bajo la modalidad simplificada, siempre que haya efectizado el pago en término.
Solo se permitirá avanzar con verificaciones de años previos si las autoridades detectan una discrepancia significativa en la información declarada. El criterio busca unificar pautas de control y brindar seguridad jurídica durante el período de transición legislativa.
Impacto para empresas y administradores: oportunidad de regularización con límites
Para los dueños y administradores de pymes, el nuevo plan de pagos representa una oportunidad concreta de regularización sin necesidad de renegociar deudas vencidas. La posibilidad de financiar hasta 48 cuotas reduce la presión de efectivo en el corto plazo, mientras que la reformulación de planes caducos permite a empresas que incumplieron planes anteriores acceder a una nueva estructura de pago.
Sin embargo, es esencial considerar que los intereses y sanciones no se reducen mediante la adhesión al plan. Esto significa que el costo total de la deuda se mantiene intacto, distribuido únicamente en más períodos. Las empresas deben evaluar el flujo de caja disponible para sostener cuotas mínimas de $2.000,00 mensual durante hasta 4 años.
Adicionalmente, la protección de la presunción de exactitud para quienes presentan la declaración simplificada reduce riesgos de fiscalización retroactiva, incentivando el cumplimiento normativo. Para administradores que busquen regularizar deudas acumuladas, combinar la adhesión al plan con el cumplimiento de obligaciones simplificadas presentes constituye una estrategia integral de gestión fiscal.







