La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó mediante la Resolución General 5863/2026 el cronograma de la Feria Fiscal Invernal 2026, que se extiende entre el 13 y el 24 de julio. Durante este período se suspenden ciertos plazos procedimentales, pero los vencimientos de declaraciones juradas y pagos de impuestos mantienen su vigencia. Es fundamental que administradores y dueños de empresas conozcan qué se detiene y qué continúa para evitar sanciones.
¿Qué es la Feria Fiscal Invernal y cómo funciona?
La feria fiscal representa un parate administrativo durante el cual ARCA suspende el cómputo de los plazos procedimentales. En concreto, los días hábiles administrativos dentro de esas dos semanas "no corren" para ciertos trámites y contestaciones ante el organismo. Esta medida busca aliviar la presión sobre contadores y contribuyentes al frenar temporalmente los plazos procesales habituales, permitiendo una reorganización de la documentación y los procedimientos pendientes.
Sin embargo, es un error común considerar que la feria implica una pausa total en todas las obligaciones fiscales. La realidad es más matizada: solo ciertos procesos administrativos quedan congelados, mientras que las obligaciones sustantivas continúan sin interrupción.
¿Qué trámites sí se suspenden durante la feria?
Según la Resolución General 5863/2026, la suspensión alcanza las siguientes actuaciones administrativas:
- Requerimientos de fiscalización: Las respuestas a los pedidos de información de los inspectores entran en pausa.
- Contestación de descargos: Los plazos para presentar defensas ante ARCA quedan suspendidos.
- Sumarios administrativos: Todo proceso sumarial se congela provisionalmente durante el receso.
- Efectivización de clausuras: No se ejecutarán sanciones de este tipo entre el 13 y el 24 de julio.
Si recibiste un requerimiento cuyo vencimiento cae dentro del período de feria, los días hábiles se reanudarán automáticamente a partir del lunes 27 de julio de 2026. Es decir, el contador de plazos se reinicia tras el cierre del receso administrativo.
¿Qué obligaciones NO se suspenden durante la feria fiscal?
Este es el punto crítico que genera más confusiones y, por ende, más sanciones. La feria fiscal no es un feriado total ni extiende los vencimientos de las obligaciones sustantivas. La Resolución General 5863/2026 no prorroga los vencimientos de las Declaraciones Juradas (DDJJ) ni los pagos correspondientes que caigan dentro de esas fechas.
Continuás obligado a cumplir en tiempo y forma con:
- La presentación de tus DDJJ mensuales y anuales que venzan entre el 13 y el 24 de julio.
- El pago de impuestos, anticipos, cuotas de moratorias y regímenes de facilidades pactados.
- La facturación electrónica diaria y demás obligaciones operativas del negocio.
En otras palabras: mientras ARCA descansa en sus procesos internos, tu empresa sigue obligada a cumplir con sus responsabilidades fiscales. El alivio es procesal, no sustantivo.
Pasos previos al 13 de julio para evitar sorpresas
Para aprovechar realmente el beneficio de la feria sin exponerte a incumplimientos, es recomendable que antes de que arranque el receso hagas lo siguiente:
Revisá el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE): Chequea todas las notificaciones antes del 13 de julio. Si ARCA notificó algo el 10 de julio, el plazo se frena el 13, pero volverá a correr desde el 27. No dejes pasar detalles.
Preparate con los pagos: Dejar los saldos de las cuentas listos o generar los volantes electrónicos de pago (VEP) con anticipación te ahorra trámites durante la feria y evita que se te venza un pago por falta de liquidez.
Comunica a tus clientes y proveedores: Si sos asesor fiscal o trabajás con terceros, recordales explícitamente que los vencimientos de pago siguen vigentes. Muchas empresas asumen incorrectamente que todo se prorroga y terminan con deudas.
Impacto para empresas y administradores: cómo planificar la Feria Fiscal 2026
Para los dueños y administradores de empresas, la Feria Fiscal Invernal 2026 representa una ventana estratégica pero con límites claros. El beneficio real radica en que podés ganar tiempo para responder requerimientos de fiscalización o preparar defensas ante sumarios, sin la presión de plazos que corren día a día. Esto es especialmente valioso si tenés inspecciones pendientes o procesos administrativos en curso.
Sin embargo, no podés bajar la guardia en lo operativo. Los pagos de IVA, Ganancias, Aportes y Contribuciones, Ingresos Brutos y otros impuestos que venzan entre el 13 y el 24 de julio deben estar previstos en tu flujo de caja. Una mala interpretación de la feria puede costarte multas e intereses que erosionan la rentabilidad del negocio.
La recomendación es clara: usá la feria como herramienta de organización administrativa, pero mantén el cumplimiento de obligaciones sustantivas como una prioridad no negociable. Así aprovechás el alivio procesal sin exponerte a riesgos fiscales innecesarios.







