Un proyecto presentado ante el Ministerio de Economía busca atenuar el impacto de las multas fiscales sobre pequeños contribuyentes y MiPyMES, considerando que desde 2024 los montos de sanciones se han incrementado significativamente. La propuesta apunta a recalibrar los parámetros establecidos por ARCA en materia de infracciones formales e informativas.
¿Cuáles son los montos actuales de las multas por incumplimientos formales?
La Ley de Inocencia Fiscal, en vigencia desde 2024, actualizó integralmente los importes de sanciones previstas en la Ley 11.683 de Procedimiento Fiscal. Para infracciones formales por omisión de presentación de declaraciones juradas, los valores quedaron fijados en:
- $220.000 como multa mínima para personas humanas y sucesiones indivisas
- $440.000 como multa máxima para personas jurídicas
- Entre $5.000.000 y $10.000.000 por falta de presentación de declaraciones informativas
- Entre $1.500.000 y $10.000.000 para infracciones formales agravadas
- Entre $11.000.000 y $22.000.000 en supuestos intermedios de mayor gravedad
En materia de multas materiales y sanciones a agentes de retención y percepción, el esquema establece un mínimo de $150.000 y máximo de $2.500.000, con un tope agravado de $35.000.000 por gravedad o reincidencia.
El impacto en pequeñas y medianas empresas: por qué aumentó el riesgo de incumplimiento
Desde 2024, la complejidad de las obligaciones tributarias se multiplicó para los contribuyentes. Un responsable inscripto empleador debe presentar actualmente 89 declaraciones juradas entre informativas y declarativas, comparado con las 26 que se requerían bajo el esquema anterior. Esta mayor cantidad de presentaciones eleva sustancialmente la probabilidad de incurrir en incumplimientos involuntarios.
Según análisis tributarios, aunque las multas se actualizaron conforme al Índice de Precios al Consumidor, variación del dólar y otros índices, los montos mantienen congruencia pero en muchos casos quedan por debajo del valor realmente actualizado. El verdadero problema radica en que el riesgo fiscal se incrementó proporcionalmente a la cantidad de trámites: cuantas más presentaciones obligatorias, mayor exposición a sanciones.
Propuesta de la CAME: gradualidad y suspensión de medidas cautelares
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) presentó un reclamo formal ante el Congreso solicitando modificaciones urgentes a la Ley de Inocencia Fiscal. El planteo se enfoca en que los embargos bancarios y medidas cautelares actuales asfixian la operatoria diaria de las pymes, congelando fondos indispensables para el giro comercial.
La propuesta de CAME incluye un esquema de gradualidad con tres niveles de intervención: exención de sanciones durante el período de espera que establece ARCA; reducción del 50% de la multa si el contribuyente regulariza su situación dentro de 15 días posteriores al vencimiento del plazo de espera; y aplicación de sanción plena únicamente cuando el incumplimiento persista tras agotar todas las instancias de regularización disponibles.
Además, CAME solicita la suspensión transitoria de las ejecuciones fiscales mientras dure el proceso de adecuación empresarial, considerando que estas medidas impiden el cumplimiento de obligaciones básicas como pago de salarios, cancelación de facturas a proveedores y servicios públicos.
Mecanismos de defensa y reducciones vigentes
Aunque el régimen actual es riguroso, existen vías de defensa disponibles. Por incumplimiento del artículo 38 (omisión de presentación), si el contribuyente paga voluntariamente la multa y presenta la declaración omitida dentro de 15 días desde la notificación, la sanción se reduce automáticamente al 50% y no queda como antecedente.
Para infracciones del artículo 39 (violaciones a disposiciones tributarias), la multa se reduce al mínimo legal si se reconoce la infracción en la primera oportunidad de defensa. Asimismo, el juez administrativo puede graduar sanciones considerando atenuantes (colaboración con verificación, antecedentes infraccionales limpios) y agravantes (actitud negativa, resistencia, gravedad de hechos).
Las defensas más frecuentes se sustentan en error excusable (cuando la norma es oscura o ambigua) o fuerza mayor (situaciones de salud acreditadas, COVID). El procedimiento para impugnar multas es el más beneficioso del régimen tributario: se discute sin intereses mientras no esté firme y puede extenderse entre 3 a 7 años.
Impacto para empresarios y administradores: qué significa este proyecto para tu negocio
Para dueños y administradores de pymes, el proyecto de reducción de multas representa una oportunidad crítica de alivio financiero. La realidad es que los montos actuales de sanciones pueden comprometer la viabilidad de empresas pequeñas: una multa de $5.000.000 a $10.000.000 por omisión de una declaración informativa puede equivaler a meses de ganancia neta.
Si el proyecto avanza en el Congreso, los beneficios serían inmediatos: menor presión sobre el capital de trabajo, mayor margen para regularización voluntaria, y suspensión de embargos que actualmente paralizan operaciones. Esto permitiría a las empresas mantener flujo de caja para cumplir con obligaciones laborales y comerciales sin asfixia financiera.
Mientras tanto, es fundamental que toda pyme implemente controles internos rigurosos sobre vencimientos de presentaciones (especialmente con 89 trámites anuales) y mantenga comunicación activa con su asesor tributario. Si incurre en incumplimiento, la estrategia óptima es regularizar dentro de los 15 días y acceder a la reducción del 50% de multa, evitando mayores complicaciones administrativas y financieras.







