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Impuesto a las Ganancias: los cambios que prepara Sturzenegger para cooperativas
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Impuesto a las Ganancias: los cambios que prepara Sturzenegger para cooperativas

El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, bajo la dirección de Federico Sturzenegger, impulsa modificaciones en el tratamiento impositivo de las sociedades cooperativas. A través…

El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, bajo la dirección de Federico Sturzenegger, impulsa modificaciones en el tratamiento impositivo de las sociedades cooperativas. A través de un anteproyecto de ley presentado a mediados de julio de 2026, que contiene 349 artículos, se proponen cambios significativos en el impuesto a las Ganancias para estas organizaciones, un sector clave para el empleo y la actividad económica argentina.

¿Qué cambios propone Sturzenegger en Ganancias para cooperativas?

El anteproyecto incluye modificaciones concretas en los artículos 341 a 344 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Entre las principales propuestas está la derogación de la exención que hoy protege las utilidades distribuidas por cooperativas de consumo entre sus socios. Esta medida afectaría directamente la estructura tributaria que durante años benefició a estas entidades.

Asimismo, se modifica el tratamiento del interés accionario que distribuyen las cooperativas, eliminando la excepción especial que actualmente existe para las cooperativas de consumo. De esta forma, todas las cooperativas quedarían sujetas al mismo régimen de ganancia de segunda categoría, sin distinciones según su naturaleza.

El nuevo piso de gravamen: $500.000.000 anuales

Un aspecto central de la reforma es la incorporación de un umbral de $500.000.000 anuales a partir del cual las cooperativas pagarían impuesto sobre sus excedentes repartibles. Este monto se ajustará automáticamente cada año desde el 1º de enero de 2027, considerando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre enero y diciembre del año anterior.

Las cooperativas podrán descontar de sus excedentes gravables aquellas sumas destinadas a cumplir los objetivos establecidos en la Ley N° 20.337. También tendrán la opción de computar como pago a cuenta la Contribución Especial al Capital Cooperativo prevista en la Ley 23.427. Sin embargo, si surge un excedente de este cálculo, no generará saldo a favor ni será devuelto ni compensado.

Impacto diferenciado según el tamaño de la cooperativa

Según el análisis de expertos tributarios, la reforma genera un efecto paradójico. Sobre el papel, las cooperativas pequeñas quedarían al margen del nuevo gravamen, pero en la práctica se abre una puerta tributaria que hasta hoy permanecía cerrada para estas entidades. El umbral de $500.000.000 anuales, aunque elevado, implica que cualquier cooperativa que supere esa cifra enfrentará una carga fiscal nueva.

Especialistas señalan que el problema de fondo es conceptual: el excedente de una cooperativa no representa una ganancia en sentido tradicional, sino el reintegro de lo que la entidad percibió de más de sus propios asociados por la prestación de servicios. Sin embargo, reconocen que algunas cooperativas grandes han utilizado mecanismos que no corresponden a su naturaleza jurídica, distribuyendo ganancias como si fueran dividendos o utilizando bienes de forma indebida.

Vigencia y aplicación de los cambios

Las disposiciones entrarán en vigencia el mismo día de la publicación de la ley en el Boletín Oficial. Para las cooperativas, los efectos se aplicarán desde los ejercicios fiscales que se inicien tras la entrada en vigencia, mientras que para los retornos e intereses de cooperativas de consumo se considerarán únicamente los generados en esos nuevos ejercicios.

Qué significa esta reforma para empresas y administradores de negocios

Para los dueños y administradores de cooperativas, estas modificaciones representan un cambio sustancial en la planificación fiscal y financiera. Las cooperativas de consumo, que históricamente gozaban de exenciones especiales, deberán revisar su estructura tributaria y proyectar el impacto de las nuevas alícuotas. Aunque el umbral de $500.000.000 es significativo, cualquier cooperativa que se aproxime a esa cifra debe comenzar a preparar sus registros contables y análisis de flujo de excedentes.

La medida también afecta la competitividad del modelo cooperativo frente a otras formas societarias. Las pequeñas y medianas cooperativas que operan en sectores como consumo, trabajo y producción deberán evaluar si mantienen su estructura actual o requieren ajustes operacionales. Además, es crítico monitorear cómo el ajuste anual por IPC modifica el umbral de gravamen a partir de 2027, ya que la inflación impactará directamente en la base imponible de estas entidades.

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