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Impuesto a las Ganancias: ARCA extiende hasta el 27 de agosto
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Impuesto a las Ganancias: ARCA extiende hasta el 27 de agosto

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió nuevamente los plazos para cumplir con obligaciones del impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025. Mediante la Resolución General…

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió nuevamente los plazos para cumplir con obligaciones del impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025. Mediante la Resolución General 5876/2026 publicada en el Boletín Oficial el 20 de julio de 2026, el organismo movió la fecha límite para presentar la declaración jurada al 27 de agosto de 2026, aunque mantiene el vencimiento para el pago del saldo en el 27 de julio de 2026.

¿Hasta cuándo presentar la declaración jurada de Ganancias 2025?

El nuevo plazo para presentar la declaración jurada vence el 27 de agosto de 2026, según lo establecido en la Resolución General 5876/2026 firmada por Andrés Vázquez, director ejecutivo de ARCA. Esta prórroga modifica lo dispuesto en la Resolución General 5.851, que había extendido anteriormente el vencimiento al 27 de julio. La medida alcanza a todos los contribuyentes comprendidos en la Resolución General 5.692, tanto a responsables del régimen general como a quienes estén adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

Cronograma de pagos: saldo y anticipos 2026

Es fundamental distinguir entre presentación y pago. Mientras que la declaración jurada puede presentarse hasta el 27 de agosto, el vencimiento para el pago del saldo resultante se mantiene sin cambios en el 27 de julio de 2026. Además, ARCA amplió los plazos para el ingreso del primer anticipo del impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026.

El nuevo cronograma para los anticipos 2026 funciona según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente:

  • 14 de septiembre de 2026: CUIT terminada en 0, 1, 2 y 3
  • 15 de septiembre de 2026: CUIT terminada en 4, 5 y 6
  • 16 de septiembre de 2026: CUIT terminada en 7, 8 y 9

Bienes Personales: vencimiento sin cambios

La resolución también ratificó que las obligaciones vinculadas al impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2025 podrán cumplirse hasta el 27 de julio inclusive, sin modificaciones respecto a lo establecido anteriormente. Los contribuyentes que aún no hayan regularizado esta obligación deben hacerlo antes de esa fecha para evitar sanciones.

Razones de la prórroga y cálculo de anticipos

En los considerandos de la resolución, ARCA explicó que "razones de administración tributaria tornan aconsejable otorgar un plazo adicional" a los contribuyentes para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. El organismo aclaró que, dado que el importe de los anticipos se calcula sobre la base del impuesto determinado en el período fiscal inmediato anterior, resultaba necesario extender también el plazo para el ingreso del primer anticipo 2026, permitiendo que los contribuyentes cuenten con tiempo suficiente para organizar sus recursos.

Impacto en la gestión fiscal de empresas y administradores

Para los dueños y administradores de empresas argentinos, esta prórroga representa una oportunidad clave de reorganización. La extensión del plazo de presentación hasta el 27 de agosto permite revisar y ajustar las declaraciones juradas, mientras que el pago del saldo mantiene su fecha original del 27 de julio. Esto requiere que los empresarios prioricen el cumplimiento del pago antes de la presentación de la declaración, evitando así multas por mora.

Además, el nuevo cronograma escalonado de anticipos 2026 —distribuido entre el 14 y el 16 de septiembre según la terminación del CUIT— facilita la planificación financiera a mediano plazo. Los administradores deben incorporar estas fechas en sus calendarios fiscales para garantizar el flujo de caja necesario y evitar sanciones. Consultar con asesores fiscales sobre el cálculo de estos anticipos es fundamental para optimizar la carga tributaria y cumplir adecuadamente con las obligaciones ante ARCA.

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