El Poder Ejecutivo oficializó tres leyes que aprueban un protocolo para actualizar el convenio tributario con Francia y dos convenios de seguridad social con Suiza y San Marino.
¿Qué cambios trae el protocolo con Francia?
El Gobierno nacional promulgó el viernes 17 de julio de 2026 mediante el Decreto 600/2026 la Ley 27.814, que aprueba el protocolo de enmienda al convenio bilateral con Francia destinado a evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal. El Congreso de la Nación había sancionado la norma el 24 de junio de 2026.
El protocolo modifica varios artículos del acuerdo vigente entre ambos países. Los cambios principales incluyen nuevas definiciones sobre establecimiento permanente aplicables a obras de construcción y prestación de servicios, actualización del tratamiento tributario de dividendos e intereses, y reglas innovadoras para operaciones entre residentes de ambos Estados. Estos ajustes reflejan estándares internacionales más actuales en materia de coordinación fiscal.
Tras su promulgación, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto comunicará la vigencia del acuerdo una vez publicado en el Boletín Oficial.
Convenios de seguridad social: Suiza y San Marino
En la misma edición del Boletín Oficial se publicaron las Leyes 27.816 y 27.817, mediante las cuales el Congreso aprobó sendos convenios de seguridad social celebrados por Argentina con la Confederación Suiza y la República de San Marino.
El acuerdo con Suiza, suscripto en Buenos Aires el 27 de mayo de 2024, integra 36 artículos en el convenio principal más 14 artículos en el acuerdo administrativo complementario. Este instrumento regula la coordinación de los sistemas previsionales y de seguridad social de ambas naciones, estableciendo reglas sobre prestaciones contributivas por vejez, invalidez y sobrevivencia, igualdad de trato para las personas alcanzadas, determinación de legislación aplicable y mecanismos para reconocer períodos de aportes realizados en ambos países.
¿Cuáles son los términos del acuerdo con San Marino?
La Ley 27.817 aprueba el convenio sobre seguridad social entre Argentina y San Marino, suscripto el 25 de agosto de 2023 en Buenos Aires. El instrumento consta de 28 artículos en el convenio y 11 artículos en el acuerdo administrativo. El texto establece el marco de cooperación entre ambos Estados en materia de seguridad social y contempla normas para reconocimiento de prestaciones contributivas por vejez, invalidez y fallecimiento, además de mecanismos para totalizar períodos de seguro y coordinar la aplicación de las legislaciones previsionales.
Impacto para empresas y administradores argentinos
Estos acuerdos internacionales tienen relevancia directa para las empresas argentinas con operaciones en Europa. La actualización del protocolo con Francia reduce riesgos de doble imposición y aclara las reglas sobre establecimiento permanente, lo que beneficia a pymes y grandes compañías con filiales o sucursales francesas. Para las estructuras de inversión y comercio bilateral, las nuevas definiciones tributarias simplifican la planificación fiscal y reducen contingencias impositivas.
Los convenios de seguridad social con Suiza y San Marino, por su parte, protegen a trabajadores argentinos en el exterior y a empleados extranjeros en Argentina, reconociendo períodos de aporte en ambos países y evitando pérdidas de derechos previsionales. Para empresas que emplean personal suizo o sanmarinense, estos acuerdos garantizan claridad en obligaciones contributivas y coordinación de beneficios, reduciendo complejidad administrativa y riesgos de incumplimiento normativo en materia laboral y previsional.







