Dólar hoy
Cotizaciones del mercado cambiario argentino
Inocencia Fiscal II: FAGCE propone gradualismo en multas
Impuestos

Inocencia Fiscal II: FAGCE propone gradualismo en multas

La Cámara de Diputados tiene la oportunidad de modificar el dictamen sobre la Ley de Inocencia Fiscal II para incorporar un régimen de multas más equitativo y gradual, según la propuesta de FAGCE.

La Cámara de Diputados tiene la oportunidad de modificar el dictamen sobre la Ley de Inocencia Fiscal II para incorporar un régimen de multas más equitativo y gradual, según la propuesta de FAGCE.

¿Cuál es el problema actual con las multas formales?

Cuando se promulgó la Ley 27.799, las sanciones por infracciones formales y presentaciones fuera de término en Impuesto a las Ganancias se actualizaron a $220.000,00 para personas humanas y $440.000,00 para personas jurídicas. Si bien los valores históricos de $200 y $400 vigentes desde 2003 requerían actualización tras haber quedado neutralizados por el tiempo, la corrección nominal superó significativamente la evolución de los índices de inflación acumulada (75% sobre el IPC) y la variación del tipo de cambio oficial para ese mismo período (más 112%).

Esta desproporcionalidad genera perjuicios financieros imprevistas en empresas que intentan estabilizarse operativamente. Incluso en regímenes informativos, los techos alcanzan los $10.000.000,00, transformando un error administrativo en un golpe desmedido para pequeñas y medianas empresas.

El dictamen actual resulta insuficiente

Aunque las comisiones legislativas receptaron la alarma del sector profesional al unificar proyectos bajo el Expediente 0006-PE-2026, el dictamen emitido por las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Legislación Penal se ha quedado a mitad de camino. Los alivios contemplados resultan demasiado estrechos frente a la magnitud de los montos vigentes.

La Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE) asumió una postura constructiva llevando propuestas superadoras a la comisión, solicitando unificación de todos los proyectos de reducción de multas. Ahora, el gran desafío está en manos de los diputados: aprovechar esta última ventana parlamentaria para modificar el dictamen en el recinto, ampliando alcances e incorporando verdadero gradualismo.

¿Qué propone FAGCE para perfeccionar el régimen sancionatorio?

La estrategia de FAGCE se basa en la modificación de un único artículo, claro y simple, que no complejiza el tratamiento legislativo. La propuesta contempla tres ejes principales:

  • Recordatorio Obligatorio previo: Incorporar el artículo 49 bis a la Ley 11.683 para exigir que, antes de cualquier sumario automático por los artículos 38 o 39, ARCA emita notificación electrónica fehaciente. El contribuyente tendría 15 días para subsanar la falta formal sin penalidad, consagrándose liberación total ante regularización espontánea.
  • Escala de reducción por tramos empresariales: Si el plazo vence sin regularización, la multa se graduaría obligatoriamente según capacidad contributiva: 80% de reducción para Pequeños Contribuyentes, Microempresas y entidades sin fines de lucro; 60% para Pequeñas empresas; 40% para Medianas Tramo I; 25% para Medianas Tramo II.
  • Evaluación del Juez Administrativo: Obligar por ley a que la autoridad fiscal pondere el elemento subjetivo, conducta histórica del contribuyente, ingresos brutos, cantidad de empleados y daño real al interés fiscal, desterrando la automaticidad recaudatoria.

Impacto para empresas y administradores argentinos

Para pymes y medianas empresas, la aprobación de estas modificaciones representa la diferencia entre mantener operaciones formales o verse forzadas a la informalidad. Un error administrativo involuntario no debería equivaler a una sanción millonaria que comprometa la viabilidad de la empresa. El gradualismo propuesto reconoce que la capacidad contributiva varía sustancialmente entre un pequeño contribuyente y una mediana empresa, permitiendo que la política fiscal sea equitativa sin debilitar las facultades de verificación estatal.

La iniciativa favorece a todos los sectores: resguarda al contribuyente sin desproteger al Estado, dota al sistema de claridad y equilibrio, y jerarquiza el control fiscal al centrar esfuerzos en combatir verdadera evasión en lugar de penalizar errores involuntarios. Para administradores de empresas, significa previsibilidad operativa y seguridad jurídica en materia de cumplimiento formal.

Etiquetas#inocencia fiscal#multas formales arca#ley 27.799#monotributo sanciones#reforma tributaria argentina

Más noticias