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Abrir empresa: el Gobierno reduce trámites y costos con nueva normativa IGJ
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Abrir empresa: el Gobierno reduce trámites y costos con nueva normativa IGJ

La Inspección General de Justicia (IGJ) implementó cambios significativos en el régimen de constitución de sociedades para acelerar la formalización de empresas y reducir barreras de acceso. La…

La Inspección General de Justicia (IGJ) implementó cambios significativos en el régimen de constitución de sociedades para acelerar la formalización de empresas y reducir barreras de acceso. La Resolución General 11/2026, publicada en el Boletín Oficial en septiembre de 2026, deroga 33 artículos reglamentarios y dos resoluciones previas que agregaban exigencias no contempladas en la ley de fondo, simplificando un proceso que históricamente ha sido engorroso para emprendedores argentinos.

¿Cuáles son los cambios principales en la constitución de empresas?

El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, comunicó que la nueva normativa persigue reducir la burocracia, bajar costos y acelerar los tiempos para abrir una empresa. Entre las modificaciones más relevantes se encuentran la eliminación de la precalificación obligatoria, mayor flexibilidad en el objeto social, incorporación de sede electrónica, ampliación de medios para acreditar aportes dinerarios, habilitación de cláusulas arbitrales y simplificación de requisitos documentales.

Cada cambio introducido responde a la verificación de que los requisitos eliminados o flexibilizados reiteraban lo ya establecido por la Ley General de Sociedades, el Código Civil y Comercial de la Nación u otras normas, o imponían recaudos formales que no aportaban utilidad verificable a la función registral.

Eliminación de precalificación y flexibilidad en el objeto social

La constitución de sociedades ya no requiere dictamen de precalificación profesional, aunque su presentación continúa siendo facultativa en casos específicos. Este cambio simplifica significativamente el proceso inicial de formalización. Respecto del objeto social, ahora podrá comprender una o más categorías de actividades sin exigirse conexidad, complementariedad ni accesoriedad entre ellas.

En el caso de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), se admite expresamente la fórmula "la realización de cualquier actividad lícita", otorgando mayor libertad a los emprendedores para definir su rango operativo. Los considerandos de la norma establecen que "los registros de sociedades deben funcionar como ventanillas de habilitación ágiles, orientadas a la publicidad y a la certeza jurídica, y no como filtros de control previo de naturaleza discrecional".

Innovaciones en aportes y documentación digital

La normativa amplía los medios admitidos para acreditar la integración de aportes en efectivo y habilita expresamente la inclusión de cláusulas arbitrales en instrumentos constitutivos. Además, simplifica y unifica los requisitos aplicables a documentos constitutivos y actos posteriores, aceptando escritura pública, instrumento privado con firma certificada o digital, y documento electrónico con firma digital.

Un aspecto innovador es la regulación específica de aportes realizados con activos virtuales o criptomonedas. El instrumento constitutivo deberá individualizar la clase, cantidad y valor asignado de los activos, además de identificar al socio aportante. Se exige acreditar que el aportante era titular de esos activos antes del aporte y depositarlos en billetera o plataforma de un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrado ante la Comisión Nacional de Valores (CNV), a nombre de administradores designados, con compromiso de transferencia una vez obtenido el CUIT.

Incorporación de sede electrónica y otras facilidades

Las entidades podrán constituir, junto con su sede social física, una sede electrónica complementaria mediante declaración de dirección de correo electrónico, con efectos frente a socios y terceros una vez inscripta. Esto facilita la comunicación y la gestión administrativa sin requerir presencia física permanente.

Las fuentes oficiales confirmaron que esta medida se suma al proceso de revisión normativa que la IGJ desarrolla durante 2026, que incluyó modificaciones en inscripción de directores, administradores societarios, sociedades constituidas en el extranjero, digitalización registral, presentación de estados contables, notificaciones electrónicas y tramitación digital.

Impacto para empresarios y administradores: reducción de costos y tiempo

Para dueños y administradores de empresas argentinas, estos cambios representan una oportunidad concreta de reducir tiempos y costos de formalización. Según el Índice de Burocracia del Adam Smith Center 2025, iniciar una actividad económica en Argentina requería 4.496 horas de trámites, más del doble del promedio latinoamericano de 2.005 horas. La simplificación normativa de la IGJ contribuye a acortar esa brecha.

La flexibilización del objeto social permite a las empresas adaptarse con mayor agilidad a cambios de mercado sin requerir modificaciones estatutarias complejas. La eliminación de precalificación reduce costos profesionales y acelera el registro. Para emprendedores con activos virtuales, la regulación clara de criptomonedas como aportes abre nuevas posibilidades de capitalización. En conjunto, la medida fortalece el acceso a la formalidad, un objetivo clave para reducir la informalidad económica y ampliar la base tributaria.

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