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Monotributo agosto 2026: nuevos topes y cuotas con ajuste del 16,8%
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Monotributo agosto 2026: nuevos topes y cuotas con ajuste del 16,8%

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó en agosto de 2026 la actualización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. El ajuste alcanzó el 16,8% , basado en la…

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó en agosto de 2026 la actualización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. El ajuste alcanzó el 16,8%, basado en la inflación acumulada durante el primer semestre del año según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. Esta modificación afecta tanto los topes máximos de facturación como los montos de cuotas mensuales que rigen desde agosto.

¿Cuáles son los nuevos topes de facturación del Monotributo desde agosto?

Los montos máximos de facturación anual para cada categoría se actualizaron de la siguiente manera:

  • Categoría A: $12.009.410,45
  • Categoría B: $17.595.182,74
  • Categoría C: $24.670.494,31
  • Categoría D: $30.628.651,43
  • Categoría E: $36.028.231,33
  • Categoría F: $45.151.659,41
  • Categoría G: $53.995.798,87
  • Categoría H: $81.924.660,37
  • Categoría I: $91.699.761,90
  • Categoría J: $105.012.519,20
  • Categoría K: $126.610.838,75

Estos límites determinan cuándo un monotributista debe recategorizarse hacia una escala superior. Superarlos implica la obligación de pasar a la siguiente categoría o, en caso de no hacerlo voluntariamente, enfrentar una recategorización de oficio por parte de ARCA.

Cuotas mensuales: montos diferenciados por servicios y bienes

Desde agosto de 2026, los monotributistas deben abonar cuotas mensuales que varían según realicen actividades de servicios o ventas de bienes:

  • Categoría A: $49.527,18 (servicios y bienes)
  • Categoría B: $56.379,08 (servicios y bienes)
  • Categoría C: servicios $66.020,12 / bienes $64.530,58
  • Categoría D: servicios $84.612,93 / bienes $82.564,81
  • Categoría E: servicios $119.811,45 / bienes $108.267,51
  • Categoría F: servicios $150.784,21 / bienes $129.930,65
  • Categoría G: servicios $230.312,94 / bienes $158.815,05
  • Categoría H: servicios $522.706,68 / bienes $317.895,01
  • Categoría I: servicios $963.747,86 / bienes $474.992,78
  • Categoría J: servicios $1.167.299,76 / bienes $580.793,69
  • Categoría K: servicios $1.614.446,04 / bienes $702.103,24

La diferencia de alícuotas entre servicios y bienes responde a que ARCA considera distintos márgenes de ganancia según la actividad. Los prestadores de servicios suelen tener cuotas más altas que los comerciantes que venden productos.

¿Qué hacer ante una recategorización de oficio?

ARCA puede notificar recategorizaciones de oficio cuando detecta que el monotributista superó los topes máximos de facturación. La notificación llega al Domicilio Fiscal Electrónico dentro de los 10 días hábiles administrativos posteriores al plazo de recategorización voluntaria (semestral, en junio y diciembre).

Si no estás de acuerdo con la categoría asignada de oficio, disponés de 15 días corridos desde la notificación para interponer un recurso de apelación. Este se presenta a través del servicio digital "Presentaciones Digitales" de ARCA, seleccionando el trámite "Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término". Vencido ese plazo, podés iniciar el recurso "fuera de término", aunque con menos protección legal.

Si no presentás apelación, quedás automáticamente recategorizado en la categoría asignada y no podrás cambiar de categoría hasta el próximo período semestral de recategorización.

Sanciones por no recategorizarse a tiempo

La falta de recategorización voluntaria genera consecuencias económicas importantes. ARCA aplica una multa del 50% sobre el impuesto integrado y la cotización previsional que hubiera correspondido abonar en la categoría correcta. Además, se liquida la deuda por diferencias de impuesto y cotización con sus accesorios (intereses y actualizaciones).

Sin embargo, existen dos mecanismos de reducción de sanciones:

  • Si aceptás la recategorización de oficio dentro de los 15 días de notificación, la multa se reduce automáticamente a la mitad.
  • Si te recategorizás voluntariamente antes de que ARCA notifique la deuda determinada, quedás completamente eximido de la sanción.

Impacto para dueños y administradores de empresas pequeñas

Para los empresarios monotributistas, esta actualización de agosto 2026 representa un aumento en los costos fijos mensuales. El ajuste del 16,8% en cuotas y topes refleja la inflación acumulada del primer semestre, lo que significa que muchos pequeños negocios deberán reasignar presupuesto para mantener el régimen.

Es fundamental revisar si tu facturación acumulada en el semestre enero-junio de 2026 superó los nuevos topes. Si fue así, estás obligado a recategorizarte voluntariamente antes de que ARCA lo haga de oficio. Hacerlo a tiempo te permite evitar sanciones y mantener control sobre tu situación fiscal. Consultá con tu contador o asesor impositivo para evaluar si conviene cambiar de categoría o si debés ajustar tu estrategia comercial para mantenerte dentro de los límites del Monotributo.

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