La Ley de Inocencia Fiscal II modifica el régimen de exteriorización de dólares con tres cambios clave que refuerzan la seguridad jurídica de los contribuyentes argentinos.
¿Cuáles son los cambios principales de Inocencia Fiscal II?
El Gobierno avanzará en el Congreso a partir de la próxima semana con el tratamiento de la Ley de Inocencia Fiscal II, una iniciativa que permite a los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) regularizar los dólares no declarados. Aunque la Ley 27.799 fue sancionada en diciembre de 2025, el Ejecutivo aceptó incorporar modificaciones tras consultar con tributaristas, buscando ampliar el número de adherentes y fortalecer la certidumbre legal.
Carga de prueba: ARCA debe demostrar la discrepancia
El primer cambio significativo traslada la carga de la prueba exclusivamente a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El organismo deberá basarse únicamente en la información que el contribuyente declare y los datos disponibles en sus sistemas o aportados por terceros para determinar si existe una discrepancia significativa. Cualquier otra consideración que ARCA utilice para afirmar que hay discrepancia no tendrá valor probatorio alguno para impugnar la declaración simplificada del impuesto a las Ganancias.
Según explicó Sebastián Domínguez, contador y CEO de SDC Asesores Tributarios, esta modificación consta en el decreto reglamentario publicado a comienzos de febrero de 2026 y ARCA debe cumplirla mientras esté vigente. Sin embargo, resulta determinante que estas disposiciones se incorporen en una ley para evitar cambios futuros mediante decretos. Marcelo Rodríguez, CEO de MR Consultores, destacó que este cambio impide que el fisco realice una fiscalización tradicional con intervención y requerimientos probatorios al contribuyente.
Umbrales de discrepancia: flexibilidad para diferencias menores
El segundo cambio establece que solo se configura una discrepancia significativa si ARCA detecta un incremento del impuesto o una reducción de quebrantos superior al 15%. Esto evita que inconsistencias de escasa magnitud provoquen la pérdida de beneficios como el efecto liberatorio del pago y la presunción de exactitud.
Además, incluso si se supera ese porcentaje, el contribuyente no quedará excluido del régimen si la diferencia nominal no alcanza $5.000.000, equivalente al 5% del monto de evasión simple previsto en el Régimen Penal Tributario. Los contribuyentes tendrán 15 días hábiles para subsanar discrepancias detectadas mediante la rectificación de la declaración jurada y el pago del saldo más intereses resarcitorios.
Funcionarios públicos: exclusión de beneficios principales
El tercer cambio elimina los parámetros de ingresos totales ($1.000.000.000) y patrimonio ($10.000.000.000) para personas humanas y sucesiones indivisas. El proyecto, que comenzará a tratarse en Diputados el 26 de agosto de 2026, permite que los "Grandes Contribuyentes Nacionales" se adhieran al régimen simplificado, aunque sin acceder a sus beneficios.
Los funcionarios públicos que ocupen o hayan ocupado cargos de alta responsabilidad durante los cinco años anteriores a la adhesión podrán inscribirse en la modalidad simplificada del impuesto a las Ganancias, pero no gozarán del efecto liberatorio del pago ni de la presunción de exactitud. Esta disposición alcanza a secretarios de Estado, legisladores nacionales y provinciales, concejales municipales, jueces y fiscales, entre otros, aunque no se extiende a los familiares directos de los funcionarios.
Prórroga solicitada para declaraciones juradas 2025
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) solicitó a ARCA una extensión del plazo para presentar las declaraciones juradas del período fiscal 2025. El organismo señaló que el tratamiento legislativo está previsto para el 26 de agosto de 2026, mientras que el vencimiento para presentar las declaraciones opera el 27 de agosto de 2026. Aun cuando el proyecto obtuviera aprobación, los contribuyentes y profesionales necesitarían el texto definitivo, sus alcances de vigencia y la reglamentación correspondiente para adecuar sus liquidaciones con tiempo suficiente.
Impacto para empresas y administradores: mayor certidumbre fiscal
Para los dueños y administradores de empresas argentinas, estos cambios representan una oportunidad de regularización con reglas claras y predecibles. La transferencia de carga probatoria a ARCA reduce el riesgo de que decisiones discrecionales del fisco afecten la adhesión al régimen. Los umbrales del 15% y los $5.000.000 ofrecen flexibilidad para correcciones menores sin perder beneficios, lo que facilita la regularización de fondos no declarados. La exclusión de funcionarios públicos, a su vez, mantiene la equidad del sistema. Para las empresas que planean exteriorizar dólares bajo este régimen, la solidez legal de estas disposiciones en la ley—no solo en decretos—proporciona la seguridad jurídica necesaria para tomar decisiones financieras informadas antes del vencimiento de declaraciones juradas.







