El ministro de Economía, Luis Caputo, reafirmó la urgencia de aprobar la reforma a la Ley de Inocencia Fiscal para dinamizar el mercado de capitales argentino. Con el Congreso entrando en receso el 16 de julio de 2026, el Gobierno enfrenta una ventana crítica para convertir en ley el proyecto modificado que aún no ha sido enviado a los legisladores.
A principios de junio pasado, la administración confirmó que presentaría un anteproyecto con cambios sustanciales a la Ley 27.799. Sin embargo, el calendario se complica: la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el 27 de julio de 2026 el vencimiento para presentar declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales. Esta superposición de fechas genera incertidumbre entre contribuyentes y profesionales tributarios que aguardan definiciones antes de procesar sus obligaciones.
¿Cuándo se enviará el proyecto de Inocencia Fiscal al Congreso?
Caputo expresó confianza en que el Parlamento aprobará una versión mejorada del régimen, argumentando que ya sancionó la ley original. No obstante, el ministro no precisó la fecha de envío del proyecto, lo que genera una brecha entre la intención anunciada y la acción concreta. Sin claridad legislativa, los contribuyentes difieren decisiones sobre adhesión al régimen simplificado, ralentizando el proceso de presentación de declaraciones.
Algunos analistas señalan que la adhesión del exjefe de Gabinete Manuel Adorni al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) complejizó las negociaciones internas para acelerar la tramitación legislativa. Independientemente de esa cuestión política, el contenido del anteproyecto representa un cambio significativo para miles de empresarios y profesionales independientes.
Eliminación de límites: quiénes se benefician con la reforma
El aspecto más relevante de la propuesta es la supresión de los parámetros de acceso al régimen simplificado. Actualmente, los interesados deben cumplir requisitos estrictos: ingresos anuales máximos de $1.000.000,00 y patrimonio de hasta $10.000.000,00. La nueva versión elimina esas restricciones para residentes fiscales durante todo el período fiscal, ampliando significativamente el universo de potenciales adherentes.
Fernando López Chiesa, contador y socio de Impuestos en Lisicki, Litvin & Abelovich, explica que la reforma brinda certeza a los profesionales. Hoy deben analizar ingresos de fácil detección —como alquileres, sueldos y honorarios— pero también toda la renta financiera, incluyendo ventas de bonos, acciones y títulos. La eliminación de topes simplifica ese análisis y acelera la carga de declaraciones.
Marcelo Rodríguez, contador y CEO de MR Consultores, subraya que muchos contribuyentes posponen presentaciones esperando la sanción de la ley. "Es clave que se incorporen al sistema simplificado para el período fiscal 2025 porque así podrán exteriorizar fondos en 2026, que es el objetivo central de la norma", señala.
Ventana para exteriorizar dólares: plazo hasta 2027
Otro pilar de la reforma es la posibilidad de traer al sistema financiero formal los dólares acumulados informalmente. El anteproyecto establece una ventana de exteriorización que regirá hasta el 31 de diciembre de 2027. Los fondos se considerarán incorporados al patrimonio del contribuyente en concepto de Bienes Personales el día de la operación, lo que abre oportunidades para normalizar activos sin penalidades retroactivas.
También se amplía el espectro de adherentes: los "Grandes Contribuyentes Nacionales" podrán optar por el régimen simplificado al presentar su declaración jurada y efectuar pagos en término, aunque sin acceder al efecto liberatorio ni a la presunción de exactitud que protege los tres períodos fiscales anteriores.
Cambios técnicos en discrepancias y fiscalización
El proyecto flexibiliza el concepto de "discrepancias significativas" que activarían revisiones de ARCA. Se consideran discrepancias cuando:
- El impuesto determinado aumenta o los quebrantos se reducen en porcentaje no inferior al 15% respecto de lo declarado;
- El incremento o reducción supera $100.000.000,00 (umbral del Régimen Penal Tributario para evasión simple);
- Existen facturas apócrifas o ingresos computados improcedentemente.
Sin embargo, no se configurará discrepancia si la diferencia no supera el 5% del monto de $100.000.000,00, es decir, $5.000.000,00. Esto reduce significativamente el riesgo de revisiones menores.
Un aspecto controvertido es que las fiscalizaciones, determinaciones, recursos o juicios en curso continuarán incluso tras la adhesión al régimen simplificado. Los contribuyentes quedan eximidos de multas previstas en los artículos 45 y 46 de la Ley 11.683 solo si previamente cancelaron o regularizaron tributos e intereses de ajustes practicados por ARCA sobre Ganancias o IVA en períodos alcanzados por la presunción de exactitud.
Impacto para empresarios y administradores: seguridad jurídica y oportunidades de normalización
Para los dueños y administradores de empresas argentinas, la reforma a la Ley de Inocencia Fiscal representa una oportunidad estratégica. La ampliación de acceso al régimen simplificado reduce la complejidad tributaria y mejora la predictibilidad fiscal, factores críticos para la toma de decisiones de inversión y reinversión de ganancias.
La ventana de exteriorización de dólares hasta fin de 2027 es particularmente relevante: permite regularizar fondos que hoy permanecen fuera del sistema financiero sin exposición a sanciones retroactivas. Esto fortalece el flujo de capital disponible para financiar operaciones, expansiones o colocaciones en instrumentos del mercado de capitales.
Alberto Mastandrea, contador y socio de Impuestos en BDO Argentina, destaca que la aprobación antes del vencimiento general de declaraciones genera mayor seguridad jurídica. Además, sugiere prorrogar el plazo de presentación de declaraciones juradas con obligación de pago a cuenta, preservando la recaudación sin comprometer la calidad de las presentaciones.
La demora en el envío del proyecto al Congreso genera riesgos: si la ley no se sanciona antes del receso, contribuyentes quedarán sin claridad para definir su régimen tributario en 2026, potencialmente derivando en presentaciones tardías, multas innecesarias o litigios con ARCA. El próximo movimiento del Gobierno será determinante para miles de pymes y profesionales independientes que dependen de esta certidumbre normativa.







