El Gobierno unificó el régimen de compras internacionales con el Decreto 604/2026, estableciendo un límite de US$ 400 por envío y eliminando la alícuota plana del 50% para excedentes.
A través del Decreto 604/2026 publicado en el Boletín Oficial el viernes 16 de julio de 2026 y firmado por Javier Milei, Luis Caputo y Diego Santilli, el Gobierno introdujo cambios significativos en el régimen postal internacional. Las nuevas reglas rigen desde el sábado 17 de julio de 2026 y buscan simplificar el comercio exterior para particulares y pequeñas empresas, eliminando la incertidumbre tributaria que generaba la aplicación dispar de criterios según el canal de ingreso de los envíos.
¿Cuál es el nuevo límite unificado para compras al exterior?
Hasta ahora, Argentina aplicaba franquicias distintas según cómo ingresara el envío: si llegaba por Correo Argentino, la exención era de apenas US$ 50 por envío con máximo de 12 anuales; si venía por courier privado (PSP), alcanzaba US$ 400 con tope de 5 envíos al año. Esta disparidad generaba confusión en los consumidores respecto del régimen tributario aplicable.
El nuevo régimen unifica el criterio en US$ 400 por envío y máximo 5 despachos anuales por persona, sin importar el operador postal utilizado. El beneficio aplica exclusivamente a importaciones sin finalidad comercial, es decir, compras de consumidor final que no se destinen a reventa. El nuevo artículo 80 del Decreto 1001/82 establece esta exención para "los envíos hasta un valor FOB equivalente a US$ 400 por envío, hasta un máximo de 5 envíos por año y por persona".
Exportaciones sin límite de valor para pequeños comercios
Del lado de las exportaciones, el decreto introdujo un cambio crucial para emprendedores y pequeños comerciantes: las exportaciones con finalidad comercial realizadas por vía postal dejan de tener límite de valor. Hasta ahora, la ausencia de reglamentación específica impedía que empresas y emprendedores accedieran a los tratamientos aduaneros simplificados que prevé la Unión Postal Universal, de la cual Argentina es miembro desde 1887.
Para envíos sin fines comerciales —ayuda familiar u obsequio personal—, el decreto mantiene la exención de tributos a la exportación, con excepción de tasas retributivas de servicios, siempre que no se supere los US$ 5.000 mensuales acumulados por remitente.
Fin de la alícuota plana del 50% en excedentes
Un cambio fundamental es la eliminación de la tarifa plana del 50% que gravaba los envíos que superaban la franquicia. Anteriormente, cualquier compra que excediera el límite libre de impuestos pagaba una alícuota unificada del 50% sobre el valor original, sin importar si se trataba de indumentaria, electrónica u otro producto.
Este esquema funcionaba como arancel plano y profundizó asimetrías entre canales cuando en 2024 se introdujo el beneficio al courier privado. Ahora, el excedente paga los tributos que correspondan según el tipo específico de mercadería en el régimen general de importación para consumo, no un porcentaje único para todos los productos.
Detalles operativos del nuevo régimen postal
- Franquicia: hasta US$ 400 de valor FOB por envío, exento de derechos de importación y tasa de estadística.
- Cupo anual: máximo 5 envíos por año y por persona.
- Excedente: si se supera el valor o cantidad de envíos, la diferencia tributará bajo el régimen general según tipo de mercadería.
- Representación automática: el Operador Postal queda autorizado para actuar en representación del destinatario, salvo que este manifieste intención de intervenir personalmente antes de que el envío llegue al país.
- Control aduanero: la Aduana conserva facultad de abrir y verificar mercadería; la citación del destinatario queda reservada para casos excepcionales.
- Responsabilidad tributaria: es compartida entre el Operador Postal y el destinatario.
Impacto para empresas y administradores de negocios argentinos
Para dueños y administradores de pymes y emprendimientos de comercio electrónico, este cambio representa una oportunidad significativa. La eliminación del tope de valor en exportaciones comerciales por vía postal facilita el acceso a mercados internacionales sin restricciones administrativas previas, reduciendo costos operativos y simplificando la gestión aduanera. Paralelamente, la unificación de límites en importaciones otorga certidumbre tributaria al planificar compras de insumos o productos terminados en el exterior, permitiendo calcular costos con precisión desde el inicio de la transacción. El cambio de alícuota plana a aranceles específicos por tipo de producto puede resultar en ahorros o costos mayores según la mercadería, por lo que conviene revisar los aranceles de tus productos particulares. La ARCA dictará próximamente las normas complementarias para implementar el nuevo esquema, por lo que es recomendable mantenerse atento a esos ajustes operativos.







