La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió el plazo para que los monotributistas accedan al régimen permanente de facilidades de pago. Mediante la Resolución General 5902/2026 publicada el martes 24 de septiembre en el Boletín Oficial, el organismo postergó hasta el 23 de octubre de 2026 el proceso de categorización que define quiénes califican como "Pequeño Contribuyente", requisito fundamental para beneficiarse del plan.
¿Quiénes pueden acceder al plan de facilidades de pago?
El régimen permanente de facilidades alcanza a monotributistas, pequeños contribuyentes y MiPyMEs que reúnan ciertos requisitos. Para ser considerado "Pequeño Contribuyente", el contribuyente debe figurar en el Sistema Registral con el código "547" a la fecha de adhesión, y sus ingresos no pueden superar el tope de la categoría K del Monotributo vigente al cierre del año anterior.
Quienes estén inscriptos en Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales deben haber presentado obligatoriamente la declaración jurada correspondiente, y su CUIT debe encontrarse activa sin limitaciones. El plan incluye deudas impositivas, obligaciones de seguridad social con sus intereses acumulados, y multas aplicadas.
Por qué ARCA extendió el plazo hasta octubre
El proceso de categorización se ejecuta normalmente "el anteúltimo día hábil de septiembre de cada año", pero esta ocasión requirió una prórroga excepcional. La razón: el organismo también extendió hasta el 13 de octubre de 2026 el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias correspondiente al período fiscal 2025.
Dado que la categorización depende directamente de los datos que figuran en esa declaración jurada del año anterior, ARCA debió postergar la fecha de recategorización para contar con la información completa y actualizada. Sin estos datos disponibles, el sistema no podría determinar correctamente quiénes califican para las condiciones preferenciales del régimen.
Cómo funciona la categorización en el plan permanente
El porcentaje de pago a cuenta y la cantidad máxima de cuotas se definen "según el tipo de contribuyente y el perfil de cumplimiento". Anualmente, ARCA analiza la declaración jurada de Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales o monotributo del año calendario anterior para realizar esta recategorización.
El régimen distingue entre varios grupos: Pequeños Contribuyentes, MiPyME (Tramos 1 y 2) con certificado vigente, entidades sin fines de lucro, y demás contribuyentes. Cada categoría accede a diferentes términos de pago según su situación fiscal.
Impacto para administradores y dueños de empresas monotributistas
Esta prórroga representa una oportunidad adicional para que los monotributistas regularicen sus obligaciones pendientes en mejores condiciones. Si tu empresa está registrada como monotributo y acumula deuda impositiva, de seguridad social o multas, el acceso al plan permanente de facilidades puede significar una salida ordenada sin penalizaciones adicionales.
La extensión hasta el 23 de octubre permite que más contribuyentes completen sus presentaciones de declaración jurada y cumplan los requisitos para ser categorizados como "Pequeño Contribuyente". Esto amplía el acceso a cuotas más favorables y menores porcentajes de pago a cuenta. Si administrás una pyme o sos monotributista, es recomendable verificar tu situación fiscal con ARCA antes de esa fecha para asegurar tu inclusión en el régimen y no perder este beneficio de carácter permanente.







