Google presentó recursos ante el Tribunal General de la Unión Europea contra dos órdenes de la Comisión Europea vinculadas con la Ley de Mercados Digitales (DMA), que exigen abrir funciones de Android a asistentes de inteligencia artificial competidores y compartir datos de búsqueda con motores rivales.
¿Qué ordena la Comisión Europea a Google?
La Comisión Europea emitió en julio de 2026 dos instrucciones detalladas bajo el marco de la DMA, el régimen regulatorio de la Unión Europea para las grandes plataformas digitales. No se trata de sanciones económicas, sino de directivas operativas que especifican cómo debe cumplir Google sus obligaciones legales. Ambas medidas buscan equilibrar la competencia en servicios digitales con la protección de usuarios, aunque Google cuestiona ese equilibrio en los tribunales.
La primera orden establece que a partir de julio de 2027, asistentes de inteligencia artificial rivales deben acceder a las mismas 11 funciones de Android que utiliza Gemini, el asistente de Google. Entre esas capacidades figuran la activación por voz y la ejecución de acciones dentro de aplicaciones. El objetivo es permitir que competidores ofrezcan servicios comparables integrados en dispositivos Android.
La segunda instrucción, con vencimiento en enero de 2027, obliga a Google a compartir información sobre búsquedas realizadas por usuarios y los enlaces en los que hacen clic con motores competidores, incluidos chatbots de inteligencia artificial. La orden especifica que los datos deben estar anonimizados y que el acceso debe otorgarse de manera equitativa.
Los argumentos de Google sobre privacidad y seguridad
La empresa rechaza ambas órdenes alegando riesgos para los usuarios. Oliver Bethell, director sénior de competencia de Google, señaló que la obligación de compartir consultas de búsqueda expone datos que no están completamente desidentificados. Según su posición, la eliminación de información personal no garantiza que las búsquedas y clics no revelen patrones sensibles sobre los usuarios.
Google también advierte que las exigencias sobre Android podrían comprometer la seguridad del sistema operativo. La compañía argumenta que otorgar acceso a asistentes de terceros a funciones profundas del dispositivo introduce vectores de riesgo que debilitan las protecciones existentes. Bethell afirmó que "obligarnos a compartir estas consultas personales sin salvaguardas adecuadas causaría un daño irreparable a la privacidad de los usuarios".
La defensa de la Comisión Europea y sus salvaguardas
El regulador europeo sostiene que sus decisiones incluyen protecciones suficientes para mitigar los riesgos que señala Google. La Comisión asegura que las reglas de anonimización fueron diseñadas con participación de expertos en privacidad y que permiten compartir información sin entregar detalles personales identificables.
Entre las salvaguardas que defiende la Comisión figura el derecho de Google a rechazar el acceso si considera que una empresa representa una amenaza grave para la seguridad o privacidad de los usuarios. Esa cláusula de excepción forma parte de la respuesta del regulador a las preocupaciones de Google, aunque la empresa considera insuficientes esas protecciones.
DuckDuckGo, motor de búsqueda que no rastrea usuarios, respaldó la posición de la Comisión. Un portavoz de la compañía calificó como sólidas las normas de anonimización y señaló que el recurso de Google solo busca ganar tiempo para retrasar el cumplimiento de las obligaciones.
El estado del litigio y los plazos en vigencia
Google presentó ambos recursos el lunes 29 de septiembre de 2026 ante el Tribunal General de la Unión Europea con sede en Luxemburgo. La presentación de una apelación no suspende automáticamente las decisiones de la Comisión bajo la legislación europea; el tribunal tendría que ordenar expresamente la suspensión para alterar los plazos establecidos.
Por esa razón, ambas fechas de cumplimiento permanecen vigentes mientras avanza el litigio: enero de 2027 para el intercambio de datos de búsqueda y julio de 2027 para el acceso a funciones de Android. La Comisión mantiene sus instrucciones en vigor, y Google debe prepararse para cumplir a menos que el tribunal disponga lo contrario.
El proceso judicial enfrenta una tensión regulatoria fundamental: cómo promover la competencia en plataformas dominantes sin exponer a los usuarios a riesgos de privacidad o seguridad. El Tribunal General deberá evaluar si las salvaguardas diseñadas por la Comisión son suficientes o si, como sostiene Google, las órdenes van más allá de lo necesario para cumplir los objetivos de la DMA.
Implicaciones para empresas y competidores en Argentina
Para administradores y dueños de empresas argentinas, este litigio tiene relevancia estratégica indirecta. Las decisiones del Tribunal General de la UE sobre cómo deben compartir datos las plataformas dominantes pueden influir en futuras regulaciones en América Latina, incluyendo Argentina, donde organismos como la CNDC (Comisión Nacional de Defensa de la Competencia) monitorean tendencias regulatorias globales.
Si la Comisión Europea logra que Google cumpla con las órdenes, se sentará un precedente sobre obligaciones de interoperabilidad y acceso a datos en plataformas tecnológicas. Eso podría acelerar debates locales sobre cómo regular empresas de tecnología que operan en Argentina y sobre qué información deben compartir con competidores. Para pymes que dependen de publicidad digital o que buscan competir en servicios de búsqueda o asistentes de IA, el resultado del caso impactará el ecosistema de competencia en el que operan a nivel global.
Además, el caso ilustra la creciente tensión entre regulación de competencia y protección de datos personales, un tema crítico para empresas argentinas que procesan información de usuarios y deben cumplir con normativas tanto locales como internacionales. La forma en que se resuelva este conflicto en Europa influirá en cómo se equilibren esos objetivos en futuras regulaciones locales.







