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Autorización previa para fusiones: nuevo trámite desde noviembre
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Autorización previa para fusiones: nuevo trámite desde noviembre

A partir del 17 de noviembre de 2026 , las compras y fusiones de empresas en Argentina requieren aprobación previa de la Autoridad Nacional de la Competencia , dejando atrás el sistema de aviso…

A partir del 17 de noviembre de 2026, las compras y fusiones de empresas en Argentina requieren aprobación previa de la Autoridad Nacional de la Competencia, dejando atrás el sistema de aviso posterior que permitía operar antes de notificar.

¿Qué cambia con la nueva regulación de concentración económica?

El procedimiento actual, vigente hasta el 16 de noviembre, funciona de manera inversa: las empresas realizan la operación y luego informan a la autoridad. El nuevo sistema "ex ante" invierte este orden: primero se notifica, luego se evalúa y finalmente se autoriza. Esto significa que el acuerdo de compra o fusión no produce efectos legales ni prácticos hasta obtener aprobación expresa de la Autoridad Nacional de la Competencia.

Este cambio responde al artículo 42 de la Constitución Nacional, que obliga a las autoridades públicas a garantizar la competencia y evitar monopolios, oligopolios y otras distorsiones del mercado. La nueva normativa busca fortalecer el control previo sobre operaciones que puedan afectar la estructura competitiva.

¿A cuáles operaciones se aplica la autorización previa?

La nueva exigencia no alcanza a todas las transacciones empresariales. Solo requieren autorización previa aquellas operaciones donde el volumen de negocio conjunto del grupo comprador y la empresa adquirida o fusionada supere los 100.000 millones de unidades móviles.

Según la Resolución 06/2026 del Tribunal de Defensa de la Competencia, cada unidad móvil equivale a $1.405,05. Por lo tanto, la facturación conjunta debe superar $145.005 millones para quedar alcanzada por el nuevo procedimiento. Las operaciones por debajo de este umbral continúan con el régimen anterior.

Pasos del nuevo procedimiento de aprobación

El mecanismo que entra en vigor el 17 de noviembre funciona en tres etapas:

  • Notificación: La empresa interesada informa a la Autoridad Nacional de la Competencia sobre la operación de concentración económica (adquisición o fusión).
  • Evaluación: La autoridad examina si la operación afecta la competencia y decide si la aprueba o rechaza.
  • Efectos legales: Solo después de autorizada (en forma expresa o tácita tras 45 días de presentada la documentación completa), la operación produce efectos entre las partes y frente a terceros.

¿Cuándo se considera que hay concentración económica?

Conforme a la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia, existe concentración cuando ocurre la toma de control de una o varias empresas mediante:

  • Fusión entre empresas.
  • Transferencia de fondos de comercio.
  • Adquisición de acciones, participaciones o títulos de deuda que otorguen control o influencia sustancial.
  • Cualquier acto que transfiera activos o confiera influencia determinante en decisiones administrativas.
  • Adquisición de influencia sustancial en la estrategia competitiva de una empresa.

Fecha clave: cuándo se aplica cada régimen

Un aspecto crítico es que la fecha de notificación a la autoridad, no la del acuerdo entre empresas, determina qué régimen aplica. Si un acuerdo se formaliza antes del 17 de noviembre pero se notifica después, regirá el procedimiento "ex ante" (autorización previa). Inversamente, si la notificación ocurre antes del 17 de noviembre, sigue el régimen anterior (aviso posterior), permitiendo que la operación entre en vigencia antes de la intervención estatal.

Impacto para empresas y administradores en Argentina

Esta reforma genera consecuencias significativas para el ecosistema empresarial argentino. Los administradores y dueños de negocios deben anticipar tiempos de espera antes de concretar operaciones de concentración, ya que el proceso de evaluación y aprobación puede extenderse hasta 45 días hábiles o más si la autoridad requiere información adicional. Esto afecta la planificación financiera, la negociación de créditos y el cierre de operaciones en el cronograma previsto.

Para empresas que buscan crecer mediante adquisiciones o fusiones con volumen de negocio superior a $145.005 millones, es imprescindible preparar documentación completa y detallada desde el inicio de las negociaciones. El incumplimiento o la notificación tardía pueden invalidar la operación o exponerla a sanciones. Asimismo, la nueva regulación beneficia a empresas medianas y pymes al crear un filtro que previene concentraciones excesivas que limiten su competitividad en el mercado.

Recomendación: Consultar con asesoría legal especializada en defensa de la competencia antes de iniciar cualquier operación de compra o fusión que potencialmente supere el umbral de $145.005 millones en facturación conjunta.

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