El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) comenzará a funcionar a partir del 1° de noviembre de 2026, tras una postergación respecto de la fecha original de junio. Se trata de un mecanismo de capitalización mensual que permitirá a los empleadores acumular recursos para el pago de indemnizaciones por despido, financiado mediante aportes obligatorios que varían según el tamaño de la empresa.
¿Cuál será el impacto fiscal del FAL en 2026?
El costo fiscal del FAL durante los últimos dos meses de 2026 será significativamente menor que si hubiese comenzado en junio. Según estimaciones de la consultora Empiria y del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), el impacto oscilará entre 0,05% y 0,06% del PBI, lo que representa aproximadamente $680.000.000,00 para el cierre del año, de acuerdo con cálculos del economista Nadin Argañaraz, titular del IARAF.
La consultora Romano & Group proyecta un costo levemente superior, de alrededor de 0,08% del PBI considerando los dos últimos meses del ejercicio. En todos los casos, estas cifras son compatibles con la meta de superávit primario de 1,4% del PBI que el Gobierno busca mantener como eje de su programa económico.
Aportes empresariales: estructura y alcance
El financiamiento del FAL se sustenta en contribuciones mensuales de los empleadores, cuya alícuota depende de la clasificación de la empresa. Las MiPyMEs aportarán el 2,5% de su nómina salarial, mientras que las grandes empresas contribuirán con el 1%. Esta estructura diferenciada busca distribuir el esfuerzo fiscal de manera progresiva según la capacidad de cada segmento empresarial.
La postergación de cinco meses respecto de la fecha inicial de junio generó un alivio fiscal equivalente a 0,15% del PBI, según el último informe del Fondo Monetario Internacional (FMI). Esa demora fue determinante para que el Gobierno pudiera mantener la trayectoria hacia su objetivo de equilibrio fiscal en un contexto de presiones sobre la recaudación tributaria.
Costo fiscal anual proyectado para escenarios futuros
Si el FAL hubiese comenzado en junio como se preveía originalmente, el costo fiscal anual habría alcanzado aproximadamente 0,23% del PBI. El IARAF estima que en un escenario base de operación completa durante un año calendario, el impacto sería de 0,37% del PBI.
El Gobierno tiene facultad para incrementar las alícuotas hasta 0,5 puntos porcentuales adicionales, lo que elevaría la contribución de las MiPyMEs al 3% y la de grandes empresas al 1,5%. En ese supuesto, el costo fiscal anual ascendería a 0,47% del PBI, cifra que seguiría siendo compatible con los objetivos macroeconómicos del Ejecutivo.
Inversión de fondos: reglas y límites establecidos
A través de la Resolución 1276/2026, el Ministerio de Economía reglamentó los criterios de inversión aplicables a los recursos acumulados en el FAL. Los fondos solo podrán colocarse en cuatro categorías de activos:
- Títulos de deuda emitidos por el Estado nacional
- Títulos de deuda de provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Depósitos en entidades financieras autorizadas por el Banco Central (BCRA)
- Obligaciones negociables emitidas por empresas privadas en Argentina
La reglamentación establece límites específicos por tipo de inversión. Los depósitos en una misma entidad financiera no podrán superar el 15% del patrimonio del fondo. La deuda provincial y porteña está limitada al 15% en conjunto y al 5% por cada jurisdicción. Las obligaciones negociables no podrán exceder el 20% agregado ni el 10% por emisor.
Los instrumentos atados a la evolución del dólar quedan restringidos al 10% del patrimonio, mientras que los títulos del Estado nacional quedan exentos de topes de inversión. Toda deuda provincial, porteña y obligaciones negociables debe contar con calificación de riesgo AAA en escala nacional otorgada por al menos dos calificadoras registradas ante la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Administración y disponibilidad de fondos
Cada empleador podrá elegir quién administrará sus fondos acumulados: un banco o una sociedad de bolsa. Los recursos solo podrán utilizarse para cubrir obligaciones por despido. Un aspecto relevante es que no habrá disponibilidad inmediata de los fondos: existirá un período de espera de seis meses desde el inicio de operaciones del sistema.
Si el FAL comienza a funcionar en noviembre de 2026, las empresas recién podrán utilizar sus acumulaciones a partir del 1° de mayo de 2027. La CNV puso en consulta pública la propuesta de regulación para que los fondos se administren a través de fondos comunes de inversión abiertos o fideicomisos financieros, ampliando las opciones disponibles para los empleadores.
Impacto para empresas y administradores en Argentina
Para los dueños y administradores de empresas argentinas, la implementación del FAL representa un nuevo costo laboral que afectará la estructura de gastos a partir de noviembre. Las MiPyMEs, que ya enfrentan presiones en márgenes operativos, deberán incorporar el aporte del 2,5% sobre nómina a su planificación financiera, mientras que las grandes empresas tendrán un impacto menor con el 1% de contribución.
Más allá del costo directo, el sistema abre oportunidades para optimizar la gestión del pasivo laboral. Al acumular fondos de manera ordenada durante el período de empleo, las empresas pueden anticipar y provisionar mejor sus obligaciones por despido, reduciendo la volatilidad contable y financiera. Además, la posibilidad de invertir estos recursos en títulos de deuda nacional y obligaciones negociables genera un incentivo para que las empresas participen indirectamente en el mercado de capitales doméstico.
El Gobierno espera que el FAL funcione como catalizador para expandir el mercado de capitales argentino, atrayendo inversores de largo plazo que buscan instrumentos seguros y regulados. Para las empresas, esto podría significar mejores condiciones de financiamiento futuro si se consolida un mercado más profundo y líquido. Sin embargo, el éxito del esquema dependerá del cumplimiento estricto de las reglas de inversión y de que los fondos se mantengan segregados y protegidos del patrimonio empresarial.







