La inflación acumulada del primer semestre de 2026 activó una nueva actualización de los parámetros fiscales. El INDEC difundió un IPC acumulado de 16,8% que modificó los pisos de tributación para el Impuesto a las Ganancias y las categorías del Monotributo, conforme a la reforma fiscal vigente. Aunque los nuevos valores rigen desde julio, sus efectos se reflejarán en los pagos y descuentos que procesarán en agosto.
¿Cuáles son los nuevos montos para pagar Ganancias?
Los trabajadores en relación de dependencia tendrán nuevos umbrales de ingreso bruto mensual a partir de agosto. Para empleados solteros sin cargas de familia, el piso se ubicará en $3.502.511 brutos mensuales. En tanto, quienes estén casados y tengan hijos deberán tributar sobre ingresos superiores a $4.438.400 brutos mensuales. Estos valores reemplazan los anteriores y aplican a los descuentos que figurarán en los recibos de sueldo.
La actualización también afecta las deducciones y escalas progresivas del impuesto. Este ajuste semestral es automático y responde al mecanismo de indexación por inflación establecido en la normativa tributaria argentina. Los empleadores y estudios contables deben tener en cuenta estos cambios para procesar correctamente las retenciones a partir de agosto de 2026.
Monotributo: nuevos topes de facturación desde agosto
En el régimen simplificado, los topes de facturación se incrementaron significativamente para cada una de las once categorías. La actualización refleja tanto la inflación acumulada como la política fiscal de mantener el régimen accesible para pequeños contribuyentes y trabajadores independientes.
- Categoría A: de $10.277.988,13 a $12.000.000
- Categoría B: de $15.050.000 a $17.600.000
- Categoría C: de $21.400.000 a $24.700.000
- Categoría D: de $26.200.000 a $30.600.000
- Categoría E: de $30.800.000 a $36.000.000
- Categoría F: de $38.600.000 a $45.100.000
- Categoría G: de $46.200.000 a $54.000.000
- Categoría H: de $70.100.000 a $81.900.000
- Categoría I: de $78.400.000 a $91.700.000
- Categoría J: de $89.800.000 a $104.900.000
- Categoría K: de $108.300.000 a $126.600.000
¿Qué deben hacer los monotributistas antes del 5 de agosto?
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el proceso de recategorización semestral con fecha límite el 5 de agosto de 2026. Este trámite es obligatorio para quienes hayan experimentado cambios en sus ingresos o indicadores de actividad durante los últimos doce meses.
Al momento de realizar la gestión en el sitio de ARCA con clave fiscal, los contribuyentes deben revisar y verificar cuatro aspectos clave: los ingresos obtenidos durante el último año, el monto de alquileres si corresponde, la superficie afectada a la actividad comercial, y el consumo de energía eléctrica. Si alguno de estos indicadores varió significativamente, deberá modificarse la categoría.
En caso de no completar el trámite antes de la fecha límite, ARCA mantendrá automáticamente la categoría vigente hasta la próxima revisión semestral. Esta decisión administrativa evita cambios no autorizados, pero obliga al contribuyente a verificar que su situación real coincida con la categoría asignada.
Impacto para empresas y administradores de negocios argentinos
Para dueños y administradores de empresas, estos cambios implican ajustes inmediatos en la estructura de costos y obligaciones fiscales. Los empleadores deben actualizar sus sistemas de liquidación de sueldos para aplicar correctamente los nuevos pisos de Ganancias desde agosto, evitando así retenciones incorrectas que generen reclamos de trabajadores.
En el caso de monotributistas, la ampliación de los topes de facturación ofrece mayor margen operativo antes de cambiar de categoría, lo que reduce la presión tributaria en el corto plazo. Sin embargo, quienes hayan crecido en facturación durante 2026 deben evaluar si deben recategorizarse hacia una escala superior, considerando que esto implica mayores aportes mensuales pero también acceso a servicios ampliados de ARCA y cobertura previsional mejorada.
La recategorización es una oportunidad para revisar la estructura fiscal de la empresa y alinearla con la realidad operativa actual. Consultar con un asesor contable antes del 5 de agosto permite tomar decisiones informadas sobre la categoría más conveniente según el perfil de ingresos y actividad proyectado para el segundo semestre de 2026.







