A partir del 1° de noviembre de 2026, todas las empresas argentinas deberán incorporarse al Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un nuevo esquema de indemnizaciones que modifica la forma en que los empleadores acumulan recursos para cubrir obligaciones laborales. El sistema alcanza a mipymes y grandes compañías, con aportes diferenciados según el tamaño: 2,5% de los salarios para pequeñas y medianas empresas y 1% para grandes empleadores.
¿Cuándo comienza a funcionar el Fondo de Asistencia Laboral?
Aunque el FAL entra en vigencia el 1° de noviembre, los empleadores tendrán ese mismo mes para completar el registro y seleccionar la entidad financiera con la que operarán. Los aportes se calcularán sobre las remuneraciones devengadas a partir de noviembre, pero la declaración jurada de cargas sociales correspondiente se presenta en diciembre. Antes de esa presentación, cada empleador debe contar con un identificador único vinculado a su cuenta individual.
El trámite de registro puede completarse a lo largo de noviembre, lo que permite que las empresas cumplan con la obligación antes de informar el ID-FAL en la declaración de cargas sociales de diciembre. Para las compañías que comiencen actividades después de noviembre, el procedimiento debe completarse antes del primer vencimiento de cargas sociales correspondiente.
Pasos obligatorios para registrarse en el FAL
El régimen establecido por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) requiere que cada empleador siga una secuencia específica de trámites:
- Abrir una Cuenta Individual del Empleador en un banco o agente de bolsa habilitado.
- Obtener el ID FAL, identificador único que vincula al empleador con su cuenta dentro del régimen.
- Seleccionar el vehículo de inversión (fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros autorizados) en el que se administrarán los recursos.
- Completar el procedimiento ante ARCA mediante el servicio "Simplificación Registral", utilizando la Clave Fiscal, para declarar la condición de empleador e informar el ID FAL.
La entidad financiera elegida comunicará a ARCA los datos de la cuenta, incluyendo el vehículo de inversión seleccionado y la Clave Bancaria Uniforme (CBU) asociada. Si un empleador no realiza la elección de entidad dentro del plazo previsto, se activará un mecanismo de asignación de oficio que puede generar pérdida de rendimientos y posibles sanciones.
¿Cómo se pagará el aporte al FAL?
La contribución destinada al FAL se calcula a través del formulario F.931, utilizado habitualmente para la declaración y pago de cargas sociales. Sin embargo, el aporte se abona mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP) separado, usando códigos específicos del nuevo régimen. El incumplimiento en el pago genera intereses resarcitorios según las condiciones previstas para obligaciones de cargas sociales.
Esta estructura incorpora una obligación adicional dentro del circuito habitual de liquidación de cargas sociales, pero mantiene la periodicidad y los vencimientos ya conocidos por los empleadores.
Costos y comisiones permitidas en el FAL
Las entidades financieras pueden cobrar hasta un 1% en concepto de comisiones y gastos por la administración de la cuenta. Muchas entidades ya ofrecen bonificaciones o períodos sin comisión para captar clientes. Al evaluar propuestas, los empleadores deben verificar si esos beneficios se mantienen durante toda la relación o solo en un período inicial, y qué cargos aplicarán cuando termine la promoción.
Además del costo, es fundamental analizar las condiciones de administración de los recursos, los instrumentos disponibles y las características del vehículo de inversión elegido. La portabilidad del sistema permite cambiar de entidad posteriormente, lo que introduce competencia entre bancos y agentes de liquidación y compensación (ALyCs).
En qué se invertirán los fondos acumulados
Los recursos depositados en las cuentas individuales se invierten en instrumentos emitidos y negociados en la Argentina. Cada vehículo de inversión ofrece distintos niveles de riesgo y expectativas de rendimiento, según la composición de su cartera. El empleador debe analizar qué instrumentos integran cada alternativa, el nivel de exposición al riesgo y cómo se administran los recursos.
Los rendimientos obtenidos se incorporan al patrimonio destinado al FAL, modificando el monto disponible para afrontar futuras obligaciones indemnizatorias. Durante los primeros seis meses, los fondos no pueden retirarse, estableciendo un período inicial de acumulación antes de habilitar los mecanismos de utilización previstos.
Restricciones y uso de los fondos del FAL
Una vez cumplido el período inicial de seis meses, los fondos pueden utilizarse exclusivamente para el pago de indemnizaciones laborales. La normativa prohíbe destinarlos a otras obligaciones de la empresa. Esta restricción debe considerarse en la planificación financiera, ya que el dinero aportado al FAL no tiene disponibilidad inmediata durante el primer semestre.
El sistema contempla portabilidad, permitiendo a los empleadores trasladar posteriormente los recursos a otro vehículo autorizado. Esta característica introduce competencia entre entidades y permite que las empresas evalúen las condiciones ofrecidas después de comenzar a operar.
Impacto del FAL en la administración de empresas argentinas
Para dueños y administradores de empresas, la implementación del FAL representa una nueva obligación administrativa integrada al circuito de cargas sociales, pero también una oportunidad de planificación. Es necesario definir una estrategia para administrar los recursos acumulados, considerando tanto los costos de comisión como las opciones de inversión disponibles. La decisión inicial sobre qué entidad elegir y qué vehículo de inversión utilizar puede revisarse posteriormente gracias a la portabilidad del sistema.
El primer paso crítico es completar la apertura de la Cuenta Individual del Empleador, obtener el ID FAL, seleccionar el vehículo de inversión e informar los datos a ARCA antes de la presentación de la declaración jurada de cargas sociales de noviembre. A partir de allí, comenzará el circuito de aportes mensuales y la administración de fondos prevista por el nuevo régimen, que impactará directamente en la estructura de costos laborales de cada organización.







